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Emprendiendo a Vivir Rss

MiPyMES tendrán prioridad en contratación con el Estado Colombiano

Posteado elen: 19-11-2009 | Por : Christian Andres Sarmiento Arias | En : Emprender, MIPYMES, Noticias, negocios

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Mediante Decreto 3806 de 2009, el gobierno promociona el desarrollo de las Mipymes, a partir de la entrada en vigencia de este decreto, las entidades del Estado deben destinar sus procesos de compras no superiores a $372 millones, a convocatorias hechas exclusivamente para las empresas del segmento Mipyme.

Para acceder a este proceso, tres Mipymes, como mínimo, deben manifestar por escrito su interés de participar en cada convocatoria, acreditar su condición de Mipyme y, por supuesto, estar en capacidad técnica y económica de cumplir con los requisitos exigidos por la entidad pública.

La modificación a la ley de contratación y la expedición de su reglamentación es un avance significativo en las normas emitidas para apoyar la actividad de las Mipymes y su importancia prácticamente es igual a la que significa la negociación de tratados de libre comercio pues, en ambos casos, de lo que se trata es de abrir cada vez más mercados.

¿Cuáles son los contratos que beneficiaran a las Mipymes?: Son aquellos contratos que se celebren mediante procesos de selección de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos.

¿De qué valores son los contratos para seleccionar únicamente Mipymes?: El monto no puede superar los 750 smmlv ($372.675.000/2009).

Cuándo la Entidad Pública convoca a contratación únicamente a Mipymes, ¿cuál es el procedimiento y cuántas pueden participar?
Si la entidad pública va a contratar con particulares la adquisición de bienes y servicios y según el valor del contrato está en la obligación de contratar únicamente con las Mipymes, según el Decreto 3806 de 2009, la entidad pública hará la respectiva publicación de la convocatoria y el Pliego de Condiciones. Deberán participar mínimo 3 Mipymes en la convocatoria.

Requisitos que deben cumplir las Mipymes para poder participar:

  1. Efectuada la convocatoria pública, deben manifestar su intención de participar y por supuesto cumplir con las especificaciones del Pliego de Condiciones.
  2. La Mipymes debe tener 1 año de constituida al momento de la convocatoria pública.
  3. El Contador Público o el Revisor Fiscal, según sea el caso, debe certificar que la Mipymes cumple con las características de estas empresas, tanto en el número de empleados como de patrimonio, como establece el artículo 2º de la Ley 905 de 2004.
  4. El domicilio principal de las Mipymes debe coincidir con el lugar donde se ejecutará el contrato, esto se demuestra con la simple presentación del Certificado de Existencia y Representación.
  5. La Mipymes debe tener actualizado su RUT, de conformidad con el Decreto 2788 de 2004.

Nota: Dos o más Mipymes pueden conforman Uniones Temporales o Consorcios para participar en la convocatoria pública. Claro está, que cada una de las Mipymes de estas uniones, debe cumplir individualmente con los requisitos antes mencionados.

Visto en:
http://www.acopiatlantico.com/node/151

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